Derecho Romano I

1.1.     Monarquía
1.1.1.       Concepto
Forma de gobierno en donde el representante del Estado era designado por herencia y su puesto vitalicio.
1.1.2.       Ubicación histórica
Surge desde la constitución de Roma en los años 753 al 510 antes de Cristo
• 753-716 a. C.  Rómulo
• 716-674 a. C.  Numa Pompilio
• 674-642 a. C.  Tulio Hostilio
• 642-617 a. C.  Anco Marcio
• 617-579 a. C.  Lucio Tarquinio Prisco
• 579-535 a. C.  Servio Tulio
• 535-510 a. C.  Tarquinio el Soberbio
1.1.3.       Características
En la monarquía romana el rey (rex) era el jefe político, el juez máximo el sumo sacerdote.
Pero no era una monarquía absoluta porque lo hacía mediante la intervención de los comicios (democracia) y el asesoramiento del senado (experiencia)
1.1.4.       Órganos políticos
La monarquía estaba asentada en tres órganos: Magistratura, senado y pueblo, en donde el supremo magistrado era el rey, el senado lo constituían ancianos que eran los consejeros del rey y el pueblo el cual se constituía en comisiones para dialogar de las necesidades que tenían.
Dichas comisiones fueron por curias (de acuerdo a su linaje) centurias (de acuerdo a su riqueza) y tribus (de acuerdo a su zona geográfica)
1.1.5.       Análisis de los mismos
Para que pudiera existir dichos órganos políticos debemos atender a diversos elementos de la población romana que propició su constitución, los cuales son:
Gens, familia y tribus.
Gens, constituían una célula política al tener un jefe (pater=administrador) que organizaba a la gente (no personas, no ciudadanos) con sus propias normas morales “mores maiorum” lo que a la postre serían las normas de derecho, pero al no contar con instituciones decayó
Lo que dejó lugar a la familia, en donde existía la misma figura de jefe (pater familias) sin embargo esta se volvió más autoritaria al establecer las normas religiosas, judiciales y políticas (familia = patrimonio doméstico)
Una vez desencadenado dicho poder para una mayor organización se dividieron en tribus de acuerdo a las características de cada población.
Una vez organizadas las tribus surge el jefe de todas éstas denominado rey.
FIN DE LA MONARQUÍA
Por la extensión territorial debido a la invasión de más pueblos, era necesario tener más de un jefe de estado, a lo cual el senado propone la presencia de dos denominados cónsules y de gobernadores para cada región denominados pretores.
1.2.     República
1.2.1.       Concepto
Proviene del latín res – cosa, y pública, es decir la cosa pública, consiste en una forma de gobierno la cual es periódica, no vitalicia y centra su atención en el pueblo, en sus intereses siendo éstos quienes deciden los que los represente.
1.2.2.       Ubicación histórica
Surge desde el año 509 al 27 antes de Cristo una vez que fuera exiliado Lucio Tarquinio “el soberbio”
1.2.3.       Características
En la república al igual que la monarquía, prevalecen las tres figuras de poder, la magistratura, el senado y el pueblo, sin embargo el jefe de estado lo eran cónsules, iniciando con Bruto y Tarquino Colatino, debido a la gran extensión que ya abarcaba roma era necesario una política exterior más que una interior.
1.2.4.       Órganos políticos
Como ya se estableció al igual que la monarquía, la república tenía las mismas figuras de poder:
Magistratura.- Compuesta principalmente por los cónsules, pretores y censores.
Senado.- Compuesto por los ancianos (senes) tomó un gran auge ante el desorden de los comicios tan abundantes y se caracterizó por ser líderes religiosos, militares y en las relaciones exteriores.
Comicios.- Al igual que la monarquía eran constituidos por el pueblo, sin embargo, había dos grandes divisiones de la población los patricios y los plebeyos, siendo que en esta época histórica eran principalmente los patricios quienes intervenían en los comicios.
1.2.5.       Análisis de los mismos
Los Cónsules eran los jefes de estado, también llamados magistrados, los cuales contrario a la monarquía en la república existía una oligarquía ya que recaía en dos cónsules el poder, siendo sus cargos electivos por los comicios y duraba un año, no pudiendo ser reelectos inmediatamente, del cual no percibían remuneración alguna.
Los pretores eran los gobernantes de las provincias conquistadas y tenían las mismas características de los cónsules.
Los censores los encargados de realizar los censos en las poblaciones, de igual manera electos y sin percepción de remuneración, sin embargo, su cargo duraba dieciocho meses.

1.2.6.       Crisis social
1.2.6.1.          Patricios
Eran los descendientes de los primeros senadores romanos establecidos por Rómulo, que formaban la clase social privilegiada, la más rica y culta.
1.2.6.2.          Plebeyos
Era la clase social más baja, carente de conocimiento, riqueza, al ser sólo agricultores, campesinos, etc.

La crisis social surge cuando al pasar de una monarquía, en donde los comicios (entre ellos la plebe) eran escuchados por el rey, a la república (oligarquía), en donde el senado toma fuerza (los patricios), se divide el pueblo romano, retirándose la plebe de la magistratura, perdiendo fuerza en los comicios, máxime que al ser gratuitos los cargos públicos no era posible que se sostuvieran en el poder. Por lo que al ser los más representativos de los patricios el senado, éstos eran quienes elegían a los cónsules o magistrados.
FIN DE LA REPÚBLICA
Julio Cesar cónsul de roma desde el año 59 a. C., se revela del senado al autodenominarse Dictador vitalicio (dictator perpetuus), rompiendo la formalidad de ser elegido el cónsul anualmente, lo que provocó que fuera asesinado por el senado en el año 44 a. C., por lo que su hijo adoptivo Octavio Augusto (después denominado Cesar Augusto o sólo Augusto) hace creer al senado estar de su lado y prometiendo reinstaurar el mismo se le confiere el poder a éste, sin embargo, elimina todas las figuras de gobierno como senado y comicios, iniciando de esta forma el Imperio.
1.3. Imperio
1.3.1. Concepto
Forma de gobierno autócrata, es decir que todo el poder recae en una sola persona, al que se le denominaba Emperador, rompiendo con los órganos políticos del senado y los comicios.
1.3.2. Ubicación histórica
Surge en el año 27 a. C. con AUGUSTO y concluye en el año 476 d. C. con RÓMULO AUGUSTO.
1.3.3. Características
Existieron dos fases del imperio romano:
El principado y la autocracia siendo esta última dividida en dos:
Alto imperio y Bajo imperio.
El principado surge con Augusto continuando con Tiberio quienes eran del príncipes.
La autocracia es cuando se declara el emperador a sí mismo que tiene todo el mando y el poder, lo que lleva al emperador a la dictadura, siendo esta primera parte del Alto Imperio, sin embargo, debido al maltrato hacia el pueblo, empieza a decaer la fuerza del imperio inicia el Bajo Imperio siendo importante la entrada del cristianismo como religión, la cual hizo unir a la plebe y luchar contra el entonces gobierno.
FIN DEL IMPERIO
Hay tres aspectos importantes por los cuales hace que concluya el Imperio:
·         El traslado de la capital de Roma de la actual Italia a Bizancio en el año 330 d. C., que posteriormente se le denominaría Constantinopla, hoy Estambul, Turquía.
·         Las constantes guerras civiles de la plebe contra el gobierno
·         Las invasiones germanas lo que provocó la caída de Roma de Occidente en el año 476 d. C., siendo divida del oriente en el año 392 d. C. a la muerte de Teodosio el Grande, previa a una tetrarquía instaurada desde el año 305 d. C. por Diocleciano al dividir en cuatro (Italia, Oriente, Galias e Iliria).

1.4.     Constitución del Imperio Bizantino
Surge en Constantinopla, actualmente Estambul (Turquía), denominado Imperio Bizantino, ya que a esta ciudad antes se le llamaba Bizancio, debido a que Constantino traslada la capital del imperio romano a esa ciudad (muy probablemente por la cercanía a Jerusalén) motivo por el cual se le denominó posteriormente Constantinopla.
Inicia su constitución en el año 476 a. C.  a la caída del Imperio Romano de Occidente al invadirla los barbaros la parte occidental (principalmente cuando el jefe germano, huno Odroaco derroca al emperador de occidente Rómulo Augústulo), concluye en el año 1453.
Siendo relevante que el emperador Constantino es el primero en adoptar la religión católica, lo que significó con todo ello la caída del imperio romano y el surgimiento de un nuevo imperio.
1.5.     Sistema feudal
El feudalismo fue el sistema más característico de la edad media, consistente en una organización contractual de relaciones político, social y económico que se desarrolló en Occidente, en relación al territorio o fundos que se tenían, surgida del auge de la Iglesia católica, se da nuevamente la monarquía pero impuesta por el papa, es decir que el rey era designo divino y los fundos no eran propiamente de él sino sólo ejercía poder sobre ellos, porque éstos eran donados a las personas a cambio de tributo.
1.5.1.       Carlo Magno
Nace el 2 de abril del año 742 en Aquisgrán (Alemania) hijo del Rey Franco Pipino.
El pueblo Franco fue el situado cerca del río Rhin en los actuales países de Francia, Alemania, Holanda y Bélgica, la palabra Franco puede significar libre, es decir, hombre libre.
Inicia su reinado Carlo Magno en el año 768 a la muerte de su padre Pipino, compartiendo su reinado con su hermano Carloman, hasta su muerte en la cual toma todo el poder en el año 771.
En el año 800 el papa León III en Roma le corona y es declarado Emperador de Roma.
Históricamente a su reinado y su legado se le denominó “Imperio Carolingio” el cual surgió en el año 774 y concluyó en el 843, es decir, todavía sucedió al propio Carlo Magno pues éste muere en el año 814. 

1.5.2.       Auge cristiano
Tuvo lugar alrededor del año 600, toda vez que a pesar de que Europa se encontraba fragmentada por reinados o imperios, prevalecía algo en común, el cristianismo, aunado a que económicamente tuvo mayor relevancia al ser parte de los “señores feudales”, por poseer tierras; así como al dictar reglas morales, la nobleza le tenía respeto, llegando a ser una autoridad.
1.5.3.       Formación del Sacro Imperio Romano de la Nación Germánica
Surge desde el año 962 y concluye en el año 1806, en Europa occidental y central.
La intención de la creación del Sacro Imperio es continuar con el Imperio Carolingio, sin la búsqueda de convertirse en un Estado, sino más bien la unión de pueblos con bases católicas, por ello la denominación de Sacro o sagrado.

1.5.4.       Reich
El primer Reich fue el Sacro Imperio Romano de la Nación Germánica, que significa imperio o primer imperio germánico.
Sin embargo, lo más importante era su forma de gobierno respecto al Reichstag u órgano legislativo que tuvo auge en los años 1777 al 1797, el cual se constituía de tres clases:
  • El Consejo de los electores, que incluía a los 8 electores del Sacro Imperio Romano Germánico.
  • El Consejo de los príncipes, que incluía tanto a laicos como a eclesiásticos.
  • El brazo laico o secular: 91 Príncipes (con título) tenían derecho a voto.
  • El brazo eclesiástico: Arzobispos, algunos abades y los dos grandes maestres de la orden de los Caballeros Teutones y de los Caballeros Hospitalarios (Orden de San Juan) tenían cada uno de ellos un voto.
  • El Consejo de las 51 ciudades imperiales, tenía un voto colectivo, aunque no podían decidir de todos los temas.

Siendo de esta forma que se tomaba el voto de las partes representantes y era cuando se legislaba. 
1.5.5.       Caída del imperio Oriental
Concluye como inició, es decir, por el cristianismo, mientras al inicio al florecer el mismo provocó la caía del esplendor Romano, al florecer el conocimiento mediante el renacimiento concluye el Imperio Oriental o Bizantino, pues la religión ya no tenía el poder sobre todas las cosas sino por el contrario el conocimiento empezó a cuestionar al cristianismo y principalmente el romano, por lo que en el año de 1453 a pesar de solicitar ayuda de occidente, sin recibir respuesta al no quererse unir al catolicismo Ortodoxo es que concluye dicho imperio a manos de los Turcos.
1.      FUENTES DEL IUS CIVILE
2.1. Concepto de fuente formal
El término fuente proviene del latín “fons” que significa de donde surge o emerge, por lo que las fuentes del Derecho se refieren precisamente a donde brota o nace éste.
Existen tres tipos de fuentes:
-      Materiales o reales.- Son todos aquellos hechos, acontecimientos, circunstancias de tipo social, político, cultural, económico que tiene como consecuencia necesaria la creación de una norma jurídica. Por ejemplo, la revolución mexicana que originó el artículo 27 de la Constitución en la que habla de las tierras.

-      Históricas.- Son todos los documentos, vestigios que en su momento encerraron una norma o ley jurídica y que le sirve al legislador para crear nuevas leyes. Por ejemplo, el Código de Hammurabi.

-      Formales.- Son aquellas formas en las que se crean las normas jurídicas. Por ejemplo, la costumbre

2.1.1. Periodo monárquico
2.1.1.1. Costumbres
Consiste en la aplicación de la práctica reiterativa de los actos de sus antepasados (mores maiorum)
2.1.1.2. Leyes
Se dice que existió una Ley llamada ius civile papirianum, la cual precisamente se encontraban en un papiro, pero a la caída de la monarquía de igual forma queda en desuso.
2.1.2. Periodo Republicano
Leyes
Las leyes eran disposiciones dictadas por el pueblo o propuestas por un magistrado.
Tienen tres características:
a)  Praescriptio.- (prescrita) Ley que establece el Magistrado que la propuso y el día que fue votada.
b)  Rogatio.- (lo que ruega – lo que pide) Es el texto de la ley.
c)  Sanctio.- (sanción) Son las sanciones a que se hace acreedor el que no cumpla con el rogatio.

La ley más sobresaliente es la Ley de las XII Tablas.
De acuerdo a su creación se divide en dos:
- Las diez primeras son de disposiciones básicas.
- Las dos últimas son reglamentarias de las otras diez.
De acuerdo a su contenido quedaron distribuidas de la siguiente forma:
TABLA I y II.      Organización y procedimiento judicial
TABLA III.         De los deudores insolventes
TABLA IV.          Patria potestad
TABLA V.           Tutela y curatela
TABLA VI.          La propiedad
TABLAVII.          Servidumbres
TABLA VIII.               Derecho Penal
TABLA IX.          Derecho Público y lo referido a relaciones con enemigos
TABLA X.           Derecho Sagrado
TABLA XI y XII.  Complemento de lo anterior
2.1.1.3. Rogatae y Datae
La ley Rogatae eran las disposiciones realizadas por las curias y las centurias (comicios) y la Ley Datae eran propuestas por los magistrados, siendo también su diferencia que mientras la primera tenía que ser votada, la segunda no al ser un tipo decreto.
2.1.2.1. Interpretario o jurisprudencial pontificial
Ulpiano define a la iurisprudencia como “el conocimiento de las cosas divinas y humanas y ciencia de lo justo y de lo injusto”, por lo que los únicos que eran apropiados en el conocimiento de lo divino eran los encargados de la religión en Roma.
2.1.2.2. Plebiscitos
Según Gayo es todo aquello que la plebe ordena o establece.
Eran los consensos que se hacía en la plebe para la creación de la ley.
2.1.2.3. Senadoconsultos
Surge de los consejos que realizaba el senado para posteriormente ser ley los mismos.
2.1.2.4. Edictos de los magistrados
Eran las disposiciones de los magistrados que ocupaban un cargo en donde debían administrar justicia, como los pretores.
2.1.3. El periodo Imperial
2.1.3.1. Jurisprudencia
Son los criterios emitidos por los jurisconsultos al interpretar la ley, siendo entonces un carácter doctrinal.
2.1.3.2. Constituciones Imperiales
Eran las leyes emanadas por el emperador.
Existen cuatro tipos de Constituciones Imperiales:
1.- Los Edicta (edictos). Eran las disposiciones o comunicados emanados por el Emperador.
2.- Los Mandata (mandatos). Eran las disposiciones dirigidas a los funcionarios, principalmente a gobernadores de provincia.
3.- Los Decreta (decretos). Eran las decisiones tomadas por el Emperador, como respecto en su caso al castigo a recibir.
4.- Los Rescripta (respuestas). Era la respuesta por el Emperador a un magistrado o particular respecto a una consulta realizada a éste, de Derecho.
3. DESARROLLO DEL SISTEMA ROMANISTA
3.1. Periodo arcaico o preclásico
3.1.1. Ubicación
Abarca desde la fundación de Roma (753 a. C.) hasta la promulgación de la Leyes de las XII Tablas (449 a. C.)
3.1.2. Características
Es el cambio de la monarquía a la república consular
Surge la esclavitud
Se da la lucha entre plebeyos y patricios
Surge la figura de la ciudadanía
Se toma como fuente de derecho la costumbre.
3.2. Periodo Helenizado Republicano
Si bien existen autores que el periodo Preclásico lo atribuyen al periodo arcaico (Alejandro Guzmán Brito, Jorge Adame Goddard), los mismos no hacen referencia a un periodo Helenizado, sin embargo, los que separan al periodo arcaico del preclásico (Beatriz Bernal Gómez), la Helenización se encontraría en el periodo preclásico.
3.2.1. Ubicación
El periodo preclásico se encuentra desde la creación de las XII Tablas (449 a. C.), hasta la Ley Aebutia (126 a. C.) que da paso al procedimiento formulario.
3.2.2. Características
Surgen las leyes
Surgen los plebiscitos
Surgen los edictos de los magistrados, principalmente por los pretores peregrinos
La Helenización significaba adoptar las costumbres y rasgos de los antiguos griegos
3.3. Periodo clásico
3.3.1. Ubicación
Abarca desde la Ley Aebutia (126 a. C.) hasta las reformas constitucionales del emperador Diocleciano en el año 249 d. C.
3.3.2. Características
Se da el auge de la jurisprudencia.
Surgen entonces los jurisconsultos.
Sin embargo lo más relevante fue:
·         Consensualismo.- Los actos jurídicos se perfeccionan por el simple consentimiento de las partes.
·         Cosmopolitismo.- Se aplica el derecho en todos los pueblos conquistados, mediante el pretor peregrino.
·         Casuismo.- Debido a su esfuerzo por llevar magistrales procesos, se olvida Roma de la Teoría y se concentra en la práctica (casos)
·         Actividad creadora.- Consistente en el desarrollo jurídico y su estudio.
3.4. Periodo Postclásico o Vulgar
3.4.1. Ubicación
Abarca desde las reforma de Diocleciano (249), hasta el inicio de la obra compiladora del emperador Justiniano (527)
3.4.2. Características
Surge la ideología cristiana
Pierde el pueblo romano su creatividad, por lo que se le denomina también vulgar.
Se divide Roma en dos partes.
Sin embargo lo más relevante fue:
·         Declive de la producción jurídica
·         Reducción de los tratados escritos
·         Falta de percepción para entender e interpretar el estilo.
·         Se descompone el latín clásico, por lo que lo sustituye el latín llamado vulgar.
3.5. Periodo Justiniano
3.5.1. Ubicación
Abarca todo el periodo de gobierno Justiniano de 527 a 556.
3.5.2. Características
Se fija el derecho en Instituciones o Códigos
Se dan a conocer las mismas mediante el llamado Corpus Iuris Civilis
3.6. Periodo de reinterpretación
3.6.1. Ubicación
Inicia en Italia en el siglo XII, al renacer del derecho romano medieval y concluye hasta la edad moderna.
3.6.2. Características
Se da difusión al Corpus Iuris Civilis que es un texto en el que se encuentra la recopilación del Derecho Romano
Así como surgen jurisprudencias respecto a dicho texto.
Se realizan estudios universitarios de Derecho Romano primero en Bolonia (Italia) y después en toda Europa.
3.6.3. Escuela de glosadores
A efecto de que el Corpus Iuris Civilis fuera comprendido Irnerio, padre fundador de la Ciencia Jurídica Europea, crea la escuela de glosadores, consistente en que éstos realizaran anotaciones marginales o interlineales explicando el texto, a éstas se les denomina glosas.
3.7. Periodo de Recepción
Se le denomina así en razón a la recepción que se tuvo en diversos lugares del Derecho Romano, pero el mismo inicia desde la reinterpretación con los estudios universitarios del Derecho Romano y la Escuela de Glosadores.
3.7.1. En Europa y en América
La recepción de lo señalado por el Corpus Iuris Civilis en Europa surge en Alemania y posteriormente Francia y España; con la conquista española, en América, siendo relevante que en la facultad de Derecho de la Real y Pontificia Universidad de Nueva España, cuyas lecciones se iniciaron en 1553, se estudió sobre las Instituciones de Justiniano y se forman los juristas novohispanos.
3.8. Codificaciones Europeas
3.8.1. Códigos Napoleónicos (1804)
Los códigos civiles, cuyo contenido es esencialmente Derecho Romano, se publicaron a fines del siglo XVIII y principios del siglo XIX, de los cuales el más influyente fue el Código Civil francés, también conocido como «código Napoleón», publicado en 1804, y que fue la base de los códigos civiles mexicanos de 1870 y 1884.
3.8.2. Código Alemán (BGB 1900)
En Alemania, fue objeto de una nueva elaboración científica que dio como resultado, en el siglo XIX, un nuevo derecho denominado «Derecho de Pandectas».
De esta ciencia derivó el Código Civil Alemán (Burgtelicher Gesetzbuch, conocido como BGB), promulgado en 1896 para entrar en vigor el primer día del año 1900.
3.9. Codificación en México
El primer modelo de Código fue tomado del Código Civil francés, creándose el primer Código Civil de Oaxaca promulgado entre el 1827 y 1829 (Independencia)
Posteriormente del Código Alemán, Español, suizo, entre otros,  surge el Código Civil mexicano de 1928. (Revolución)
4. CONCEPTOS GENERALES
4.1. Análisis de los siguientes conceptos
4.1.1. Ius
Son el conjunto de normas que regulan la conducta del hombre en sociedad, es decir, Derecho
Existían dos tipos de Derecho el realizado por el humano y el realizado por lo divino, al primero se le denominaba Ius y al segundo Fas
4.1.2. Definición de Ius
En Roma se le conoció al Derecho como “el arte de lo bueno y lo equitativo” (ius est ars boni et aequi)
4.1.3. Ulp Aequitas
Equidad, es una tipo justicia pero aplicada al caso en concreto, la cual busca igualdad en atención a sus atribuciones o características y su concepto se ha generalizado como “darle a cada quien lo que le corresponde”
4.1.4. Iustitia
Justicia, Ulpiano la definía como “la voluntad firme y constante de dar a cada quien lo suyo” (iustiutia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi)
4.1.5. Iurisprudentia
Jurisprudencia, es la ciencia y la práctica del derecho, a lo que Ulpiano define como “el conocimiento de las cosas divinas y humanas y ciencia de lo justo y de lo injusto” (iurisprudentia est divinarum y humanas rerum notitia, iusti atque iniusti scientia)
4.1.6. Praecepta iuris
Preceptos Jurídicos, según Ulpiano la forma en que los seres humanos podemos vivir de forma armoniosa es mediante tres preceptos:
1.   Vivir honestamente (honeste vivere)
2.   No dañar a otro (alteroum non laedewr)
3.   Dar a cada quien lo suyo (suum cuique tribuere)
4.2. Diversas clasificaciones romanas del derecho
4.2.1. Ius Civile
Derecho Civil, era el derecho reservado a los ciudadanos romanos.
4.2.2. Gai
4.2.4. D
4.2.5. Inst
4.3. Ius honorarium
Derecho Honorario, también llamado Derecho Pretor, ya que era realizado por los magistrados, pero principalmente los pretores y evidententemente era destinado para los mismos.
4.3.1. Ulp
4.3.2. D
4.3.3. Inst
4.4. Ius scripto
Derecho escrito, (Ius scriptum) Era la Ley que no bastaba estar en un escrito sino que debería tener un autor.
4.4.1. Ulpm
4.4.2. D
4.4.3. Inst
4.5. Ius non scriptum
Derecho no escrito, (Ius non scriptum) Era la ley que a pesar de que se encontrara en un escrito no tenia autor, es decir, surgía de la costumbre.
4.5.1. Ulp
4.5.2. D
4.6. Ius naturale
Derecho natural, es el conjunto de derechos provenientes de la voluntad divina en relación a la naturaleza del hombre.
4.6.1. D
4.6.2. Ulp
4.6.3. Inst
4.7. Ius Gentium
Derecho de Gentes, es el conjunto de reglas aplicadas a todas los pueblos sin distinción de nacionalidad.
4.7.1. Ulp
4.7.2. D
4.7.3. Gai
4.7.4. I
4.7.5. Inst
4.8. Ius publicum et privatum
Derecho público y privado, El derecho público trata del gobierno de los romanos, mientras que el privado se refiere a la utilidad de los particulares, es decir en el derecho público se advierte las funciones del gobierno romano y la relación con otros gobiernos y los particulares, mientras que el privado sólo a la relación entre particulares.
4.8.1. Ulp
4.8.2. D

4.8.3. Inst

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