Reglamento interno para el Alumnado de UCP

REGLAMENTO INTERNO PARA EL ALUMNADO DE LA UNIVERSIDAD UCP
DE LA ASIGNATURA IMPARTIDA POR EL PROFESOR
JUAN MANUEL AVILA ESCORCIA

CAPÍTULO I
DE LA ASISTENCIA
ARTÍCULO 1.- La asistencia consiste en el ingreso al aula de clases hasta 10 minutos posterior de la hora de entrada.
ARTÍCULO 2.- Una vez pasados los 10 minutos de tolerancia se considerará como ausencia, pudiendo ingresar al aula en forma sigilosa a efecto de no interrumpir la clase.
ARTÍCULO 3.- Podrán los alumnos justificar sus inasistencias ante la Dirección Académica, presentando al profesor su justificante firmado por la Directora del plantel o la Dirección académica para hacer la corrección debida en el acta de asistencia.
ARTÍCULO 4.- Deberá contar el alumno con un 80% de asistencia, lo que representa sólo la posibilidad de 3 faltas, entre cada parcial, a efecto de ser acreedor a exámenes parciales.
CAPÍTULO II
DE LA FORMALIDAD Y DISCIPLINA
ARTÍCULO 5.- Queda estrictamente prohibida la estancia en la aula de clases de los alumnos que porten percing, aretes (sólo en varones), gorras, lentes oscuros o gafas, pantalones rotos o algún otro objeto que denote informalidad o que por sus características sean propias de algún oficio o carrera diversa a la de Derecho o Criminalística.
ARTÍCULO 6.- En los días de examen para el alumnado de la carrera de Derecho deberán usar ropa formal, debiendo cuidar los varones el uso de camisa, pantalón y zapatos de vestir y las mujeres evitar minifaldas.
ARTÍCULO 7.- En los días de examen para el alumnado de la carrera de Criminalística, además de lo establecido en el artículo anterior, deberá usar bata autorizada por la Escuela, la cual deberá portar al momento de su examen respectivo.
ARTÍCULO 8.- En caso de incumplimiento a los artículos 7 y 6 del presente Reglamento, se retirará del aula al alumno procediendo a remitirlo a la Dirección a efecto de solicitar autorización para la elaboración de examen.
ARTÍCULO 9.- Queda estrictamente prohibido la ingesta de alimentos dentro del aula de clases antes, durante y posterior a la clase, permitiéndose única y exclusivamente ingerir bebidas que no contengan alcohol o pastillas refrescantes.
ARTÍCULO 10.- Una vez terminada la clase deberá el alumno recoger del suelo todos y cada uno de los residuos que por el uso de la propia aula se hayan generado y que se encuentren dentro del área de estudio de cada alumno.
ARTÍCULO 11.- Se encuentra estrictamente prohibido interrumpir la clase con pláticas, demostraciones de afecto, Bullying, o cualquier otra falta de respeto que debe existir siempre entre el alumno, sus compañeros y el profesor.
ARTÍCULO 12.- Queda prohibida la tenencia externa, uso o cualquier forma de interrupción de la clase por medio de dispositivos móviles como celulares, pc, tablets o cualquier medio tecnológico sin previa autorización del docente, pudiendo el alumno en caso de urgencia extrema justificada poder utilizarlos fuera del salón de clases.
ARTÍCULO 13.- Durante la estancia en que se encuentre el alumno en el aula de clases deberá conservar el adecuado decoro; guardando silencio, poniendo atención a la clase, así como realizando una participación activa en la misma, evitando hacer conductas perniciosas que su único fin sea evitar la impartición de conocimientos.
CAPÍTULO III
DE LA EVALUACIÓN
ARTÍCULO 14.- La evaluación de la asignatura será por medio de 2 exámenes parciales y en caso de que no sea aprobatoria la calificación promedio de éstos, se realizará un examen final y en su caso un extraordinario.
ARTÍCULO 15.- La escala de calificación en las evaluaciones será de 1 a 10, siendo aprobatoria la calificación de 6, en el entendido que los decimales de 0.6 en adelante subirá la calificación al número inmediato superior y las decimales de 0.5 hacia abajo disminuirá la calificación, eliminando sólo las decimales.
ARTÍCULO 16.- La evaluación parcial consistirá en el 100% de calificación de un examen escrito.
ARTÍCULO 17.- La evaluación final de la asignatura se realizará siempre y cuando el promedio de las calificaciones parciales no sea aprobatorio y consistirá en un examen escrito del compendio de todo lo visto en la asignatura.
ARTÍCULO 18.- La evaluación extemporánea de la asignatura se realizará siempre y cuando la calificación final no sea aprobatoria y una vez que se haya liquidado la autorización para el mismo.
ARTÍCULO 19.- La evaluación continua consistirá en la exposición oral de uno o varios trabajos, participación en clase y todas aquellas que el docente considere, las cuales podrán aumentar la calificación final de la asignatura.

CAPÍTULO IV
DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 20.- En caso de incumplimiento a cualquier prohibición expresa o que no se constriña a lo señalado en el presente Reglamento siempre y cuando no señale el presente alguna sanción, será presentado el alumno al prefecto quien tendrá la obligación de retirarlo del aula y realizar el correspondiente reporte, en el entendido que en la acumulación de tres reportes será suspendido el alumno.

GLOSARIO
CONSTREÑIR.- Obligar a alguien a realizar algo
DECORO.- Honor y respeto que se le debe a una persona
EXENTAR.- Libre, desembarazado de cargas, obligaciones o culpas.
FORMALIDAD.- Seriedad, responsabilidad
GLOSARIO.- Repertorio de palabras difíciles o dudosas con su explicación
LIQUIDAR.- Saldar, pagar una cuenta

PERNICIOSO.- Muy dañino o perjudicial

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